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 Contrato indefinido bonificado  Transformación de contratos temporales en indefinidos
 Contrato de obra y servicio  Contrato fijo discontinuo
 Contrato de interinidad  Fomento de trabajo a discapacitdos
 Contrato a tiempo parcial  Contrato de formación
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 Contrato de obra y servicio


Duración: A tiempo completo o a tiempo parcial
Objeto: Obra o servicio distinto de la actividad normal de la empresa
Características: El contrato se extinguirá previa denuncia de cualquiera de las partes:
 - Cuando finalice la obra o servicio objeto del contrato.
 - Cuando la duración del contrato sea superior a un año, la parte que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de 15 días.
 - Los contratos que tengan establecida legal o convencionalmente una duración máxima y que se hubiesen concertado por una duración inferior a la misma, se entenderán prorrogados tácitamente, hasta la correspondiente duración máxima, cuando no hubiese mediado denuncia o prórroga expresa antes de su vencimiento y el trabajador continúe prestando servicios. Expirada dicha duración máxima, si no hubiera denuncia expresa y el trabajador continuara prestando sus servicios, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación.
 - El incumplimiento por parte del empresario del plazo mencionado en el punto anterior, le obligará al abono de una indemnización equivalente al salario correspondiente a los días en que dicho plazo se haya incumplido.
Normativa:
 -Artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, según redacción dada por la Ley 63/97 de 26 de diciembre (B.O.E. de 30 de diciembre).
 -Real Decreto 2720/98, de 18 de diciembre (B.O.E. de 8 de enero).
Condiciones: Según convenio colectivo