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 El salario  Percepciones extrasalariales
 Unidades salariales  Lugar, tiempo y forma de pago del salario
 El salario mínimo  Inembargabilidad del salario
 Estructura del salario    

 
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  El salario  

En esta sección encontrarás información referente a salarios
  Inembargabilidad del salario

Es una medida protectora del salario frente a los acreedores del trabajador. Las normas básicas están recogidas en el art. 27.2. del Estatuto de los Trabajadores:
a) El salario en la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional es inembargable.
b) Son inembargables igualmente el mobiliario, libros e instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión y oficio del deudor, así como el salario, jornal, sueldo, pensión, retribución o su equivalente que no exceda del SMI.
c) Inembargabilidad absoluta en cuanto al límite SMI y embargabilidad relativa respecto a la cantidad que exceda de dicho límite.
El Salario Mínimo Interprofesional SMI para el año 2002, que será la cantidad inembargable, será 14,74 euros / día ó 442,20 euros / día.
Escala de porcentajes de embargo:

Esta escala no será aplicable en los siguientes casos, independientemente de que las retribuciones del trabajador sean o no superiores al SMI:
- Cuando el salario no supere el SMI, podrá embargarse para el pago de las prestaciones alimenticias a favor del cónyuge ó hijos en virtud de resolución de los Tribunales.
- Cuando el salario supere el SMI y el embargo tenga por objeto hacer efectivas prestaciones alimenticias a favor de los hijos ó cónyuge del deudor, el juez podrá autorizar el embargo de sueldos y pensiones con preferencia sobre los demás bienes y derechos excepto el dinero.



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