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El TS rechaza la suspensión del decreto que paraliza la LOCE

El Tribunal Supremo rechazó hoy suspender de forma cautelar el Decreto aprobado por el Gobierno y que interrumpe la aplicación de la Ley Orgánica de Calidad de la Educación.

El Supremo ha considerado además que sería la suspensión del Real Decreto recurrido lo que ocasionara "perturbación", y ha observado que éste debe ser aplicado a todas las Comunidades Autónomas con carácter general, por lo que su aplicación en unas y no en otras causaría perjuicios al sistema educativo.

Seis Comunidades Autónomas gobernadas por el PP -todas excepto Madrid, que también recurrió pero no pedía la suspensión cautelar- pidieron al Tribunal Supremo la paralización del calendario de aplicación de la LOCE y acusaron al Gobierno de incurrir "en un ejercicio de desviación de poder".

El Gobierno decidió aprobar un Decreto para modificar el calendario de aplicación de la LOCE e impedir que entraran en vigor el próximo curso muchas de las medidas previstas en la LOCE, entre ellas la "reválida" al concluir el Bachillerato o el tratamiento de la asignatura de Religión.

Recursos de seis CCAA

Hoy se han notificado los autos referidos a los recursos presentados por las seis Comunidades que habían pedido la suspensión cautelar, en los que uno de los magistrados ha emitido un voto particular al considerar que se impidió a las Comunidades examinar de una forma ponderada lo que se había tramitado y observar que algunas de ellas ya habían publicado decretos y ordenes para desarrollar la legislación anterior, la LOCE.

La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha sentenciado que el Real Decreto aprobado por el Gobierno y que regula el calendario de implantación de determinadas enseñanzas, "no puede objetarse ni en cuanto a su constitucionalidad ni en cuanto a su legalidad".

Por otro lado, los magistrados subrayan la legalidad del procedimiento seguido por la Administración Central antes de la aprobación del Real Decreto.

El magistrado Juan José González Rivas, quien ha emitido un voto particular por disentir de la opinión mayoritaria de la sección que se ha pronunciado, sí considera que no se había consultado antes de aprobar el Decreto las Comunidades Autónomas, y considera que la reunión de la Conferencia Sectorial no suple esa consulta.

Observa además que algunas Comunidades habían publicado ya decretos y órdenes para desarrollar la LOCE, y por el ejemplo en el caso de La Rioja recuerda que ésta ya había promulgado un decreto y once órdenes de desarrollo, o en el caso de Madrid, que había dictado cinco decretos y siete ordenes.

Tras conocer los autos, el subsecretario del ministerio de Educación y Ciencia, Fernando Gurrea, declaró a Efe que estaba "contento" con la decisión del Supremo aunque, precisó, "no tenía dudas de que sería así" y que tenía "la conciencia tranquila" al respecto.

Actuó de acuerdo a la ley

A su juicio, el Supremo pone de manifiesto lo que el ministerio había sostenido "desde el primer momento: que su actuación fue de acuerdo a las competencias que le atribuye la ley".

Es decir, explicó, el Gobierno aprueba un Real Decreto que modifica la ley "y eso es muy importante porque el Supremo evalúa el camino seguido en la elaboración del decreto y dice taxativamente que se han cumplido todos los requisitos formales".

Por otra parte, indicó, el alto tribunal evalúa qué sucedería si se llevase a cabo la suspensión y concluye que eso "causaría graves perjuicios al conjunto de los usuarios de la educación" y que el Real Decreto debe ser cumplido por el total de las autonomías.

"Esta decisión nunca ha supuesto desconcierto en la comunidad escolar y el sistema educativo porque se deja tal y como estaba la situación para los dos próximos cursos, que será cuando se inicie el debate sobre la reforma en todos los sectores", añadió.